COMUNICADO: Núm. 009-2026
FECHA: 24-04-2025
TEEP resolvió nueve Juicios de la Ciudadanía

En sesión pública que fue transmitida por la red social de YouTube, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla resolvió los asuntos que a continuación se describen:
TEEP-JDC-086/2025
Promovido por un ciudadano, en su carácter de Síndico Municipal, en contra de la toma de protesta su suplente, realizada mediante sesión de cabildo.
En el proyecto que se sometió a consideración se razonó que, derivado de un hecho superveniente, sobrevino una causal de improcedencia que impide la concreción del fin del juicio de la ciudadanía, dada la imposibilidad material de restituir al actor en el ejercicio del cargo para el que fue electo, por encontrarse privado de su libertad con motivo de la imposición de una medida cautelar consistente en prisión preventiva.
En consecuencia, en el Juicio de la Ciudadanía 86 de 2025, se resolvió:
Se sobreseyó en el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, en términos de lo argumentado y se instruyó a la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal Electoral que informe a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
TEEP-JDC-002/2026, TEEP-JDC-003/2026, TEEP-JDC-004/2026, TEEP-JDC-005/2026, TEEP-JDC-006/2026, TEEP-JDC-008/2026
Estos promovidos para controvertir omisiones del Congreso del Estado.
En la consulta, los agravios por los que la parte actora señala que la omisión de incluir el punto de asuntos generales en el orden del día vulnera su derecho de ejercicio del cargo, se propusieron fundados pero inoperantes, en concepto de la ponencia, la parte actora no especificó qué iniciativa pretendió presentar a efecto de demostrar la vulneración a su función, aunado a que no es la única vía para hacerlo.
Por otro lado, los motivos de disenso relacionados con que no se enlistó la iniciativa que presentó mediante oficio, se propusieron inoperantes pues si bien se omitió hacerlo en la sesión del veintiuno de enero, lo cierto es que se sometió a consideración del pleno en la sesión del día siguiente.
En los Juicios de la Ciudadanía 2, 3, 4, 5, 6 y 8 todos de 2026, se resolvió:
Se decretó la acumulación de los juicios de la ciudadanía y se declararon fundados pero inoperantes e inoperantes los agravios de la parte actora conforme a lo razonado en el considerando 10 de esta sentencia.
En consecuencia, se instó al Presidente de la Mesa Directiva para que actúe conforme a lo señalado.
TEEP-JDC-010/2026
Promovido por un ciudadano residente en el municipio de Tlatlauquitepec, Puebla en contra de la resolución que desechó su denuncia por presuntos actos de promoción personalizada, realizados por el Presidente Municipal de esa localidad.
En el proyecto se propuso declarar infundados los agravios y confirmar la resolución impugnada, dado que, el hecho denunciado sucedió fuera de un proceso electoral local o próximo a algún comicio ordinario o extraordinario, por lo que no se actualizó la competencia del asunto en materia electoral, dada la temporalidad en que sucedieron.
En el Juicio de la Ciudadanía 10 de 2026, se resolvió:
Se declararon infundados los agravios del promovente, por tanto, se confirmó la resolución impugnada.
TEEP-JDC-007/2026
Promovido por los integrantes de la Junta Auxiliar de San Baltazar Atlimeyaya perteneciente al Municipio de Tianguismanalco, Puebla, quienes controvierten la omisión del Ayuntamiento de cubrirles las remuneraciones inherentes al cargo que desempeñan.
En el proyecto se propuso declarar fundado el agravio relativo a la omisión de pago, ya que se acreditó que, si bien el Ayuntamiento realizó entregas mensuales bajo el concepto de “apoyo económico para las participaciones de la Junta Auxiliar”, tales entregas no constituyen remuneraciones, al tratarse de conceptos jurídicamente distintos.
Lo anterior, toda vez que las remuneraciones corresponden a las personas servidoras públicas por el ejercicio de un cargo, en atención a las funciones y responsabilidades que éste implica, mientras que las participaciones son recursos públicos destinados a las juntas auxiliares para su gestión y operación administrativa.
En consecuencia, en el Juicio de la Ciudadanía 007 de 2026, se resolvió:
Se declaró FUNDADO el agravio, de conformidad con el apartado 5 de esta sentencia y se ordenó al Ayuntamiento de Tianguismanalco, Puebla, a través de su Presidente Municipal, lleven a cabo lo ordenado en el numeral 6 de la presente sentencia.
Este documento es únicamente con fines de divulgación.
Las anteriores resoluciones pueden ser consultadas de manera íntegra en la página del tribunal: https://teep.org.mx/comunicados
La Sesión Pública por videoconferencia en #YouTube:
