Comunicado No. 02 (14/02/2014)

Comunicado 2• EL TRIBUNAL ELECTORAL PROTEGE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE COMUNIDADES INDIGENAS.

En sesión pública realizada el día de hoy el magistrado presidente Francisco Javier de Unanue y Bretón y los magistrados Claudia Barbosa Rodríguez y Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo resolvieron por unanimidad de votos el recurso de apelación TEEP-A-237/2013, promovido por el ciudadano Fidencio Romero Tobón en contra de la resolución del Consejo General del Instituto Electoral del Estado en la cual dio respuesta negativa a la petición de aplicar el sistema electivo de usos y costumbres para conformar sus autoridades municipales en el municipio de Chichiquila, Puebla.

El Tribunal Electoral resolvió declarar fundados los agravios esgrimidos por el actor por lo que ordena al Consejo General del Instituto Electoral del Estado realice los requerimientos necesarios a las autoridades competentes, a efecto de que determinen o no la existencia de la comunidad indígena en el municipio de Chichiquila, Puebla posterior a esto y solamente en caso de acreditarse la misma, deberá realizar las consultas ciudadanas necesarias para determinar si es la voluntad de la comunidad que en los próximos procesos electorales constitucionales se aplique el sistema electivo de usos y costumbres en mencionado municipio, el resultado de las consultas deberá ser informado al Congreso del Estado para que sea éste el que determine lo que en derecho proceda.

En este sentido el magistrado presidente Francisco Javier de Unanue y Bretón menciono que el método electivo de usos y costumbres es un sistema normativo complejo que implica el reconocimiento del multiculturalismo del pueblo mexicano en general y de la sociedad poblana en particular, por lo que no puede hablarse de un derecho indígena único, sino que existen tantos sistemas jurídicos como pueblos y comunidades, quienes definen los derechos y deberes de sus integrantes acorde a sus leyes y formas de organización cívica, política, económica y religiosa

Mencionó que es indispensable que el Instituto Electoral efectúe los estudios multidisciplinarios correspondientes y permita que en su caso, los solicitantes aporten los medios de prueba que estén a su alcance y a partir de esos hallazgos se establecerán las bases para efectuar las consultas que sean necesarias al interior de la comunidad para conocer su voluntad de autodeterminación.

El magistrado presidente enfatizó que con esta decisión se privilegia también el derecho de los ciudadanos que ya emitieron válidamente su sufragio en el reciente proceso electoral y se garantiza que las reglas que rigen las elecciones se modifiquen para futuros comicios sólo si esto es acorde a la voluntad popular.